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Preguntas
Frecuentes

Sabemos que tienes varias preguntas sobre los servicios de Agencia GC. En este apartado puedes conocer las más frecuentes. 

El leasing habitacional es un crédito que se basa en un contrato de arrendamiento financiero. Este préstamo es muy conveniente para personas que no tienen posibilidad de reunir el monto inicial de una propiedad, pero sí pueden pagar un arriendo.

El proceso de adquisición de una vivienda a través del Leasing Habitacional puede sintetizarse en los siguientes pasos:

  1. El Comprador elige una vivienda y conviene con el Vendedor el precio y plazo de entrega.
  2. El Comprador presenta sus antecedentes a la Inmobiliaria de Leasing para que ésta evalúe su capacidad crediticia y su eventual solicitud de subsidio.
  3. La Inmobiliaria de Leasing aprueba la operación, fijando las condiciones de pie, plazo, dividendo y gastos de seguros y operacionales, comunicándoselo al Comprador y al Vendedor.
  4. Acordados los términos de la transacción, la Inmobiliaria de Leasing compra la vivienda al Vendedor, y en el mismo acto, suscribe un contrato de arrendamiento con promesa de venta con el Comprador.
  5. El Vendedor entrega la vivienda al Comprador.
  6. El Comprador paga mensualmente, directamente o vía descuento por planilla, el dividendo acordado en una Caja de Compensación.
  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva y con rentas generadas en Chile.
  • Edad entre 18 y 65 años.
  • Demostrar continuidad laboral
  • Acreditar una renta liquida familiar equivalente a 4 veces la cuota mensual.
  • Poseer buenos antecedentes comerciales y de crédito.
  • Acreditar antigüedad laboral de más de un año para trabajadores dependientes y más de dos años para trabajadores independientes.

Las operaciones de compra con sistema de leasing tienen cuatro diferencias principales con un arriendo común:

  • La operación incluye una promesa de compraventa que la ley obliga a respetar, manteniendo el precio pactado. Este no puede ser modificado, independientemente del valor que tenga la vivienda al fin del contrato, el que puede haber variado por simple plusvalía o por la introducción de ampliaciones u otras mejoras.
  • La ley impide que se modifique el contrato de arriendo durante su vigencia. Vale decir, el pago mensual que se pacte se mantendrá durante todos los años que tenga la operación.
  • Las razones por las que se puede pedir término anticipado del contrato son sólo las contempladas en la Ley y que dicen relación con incumplimientos del arrendatario promitente comprador. Es decir, si no existen estos incumplimientos, el contrato permanecerá vigente hasta que se realice la compraventa definitiva.
  • Las operaciones se realizan con seguros a favor del arrendatario-comprador. Por ejemplo, si debe operar el seguro de desgravamen, la vivienda quedará a nombre de los herederos en forma definitiva y sin deudas de ningún tipo.

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