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Vivienda

En Agencia GC contamos con el mejor equipo de profesionales para que cumplas tu sueño de tener vivienda propia. Dentro de nuestros servicios encontrarás: 

Preguntas
Frecuentes

Sabemos que tienes varias preguntas sobre los servicios de Agencia GC. En este apartado puedes conocer las más frecuentes. 

¿Qué es el Leasing Habitacional?

El leasing habitacional es un sistema de financiamiento de largo plazo que permite adquirir una vivienda nueva o usada en cualquier ciudad a lo largo de Chile. Se le conoce como “arriendo con compromiso de compra”, donde se establece un contrato que permite hacer uso exclusivo de la vivienda hasta pagar la última cuota, que funciona como un dividendo. Una vez cumplido el plazo, el deudor pasa a ser propietario.

Contamos con Leasing Habitacional con subsidio.  Se puede acceder al leasing  a través de Agencia Habitacional GC con subsidio,  cumpliendo las condiciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) para adquirir la primera vivienda y se puede pagar en 20 años plazo. Si no cuentas con subsidio, no te preocupes, nosotros te orientamos para gestionar de manera efectiva lo necesario en el trámite. El leasing habitacional se paga con cuotas fijas establecidas en UF. Permite la adquisición de tu primera vivienda y cuenta con seguros de desgravamen, incendio, sismo y cesantía. Asimismo, permite acceder al beneficio de “Pago Oportuno” del Minvu, que ofrece un descuento en el monto del dividendo cuando las cuotas se pagan al día.  

-Ser Chileno o extranjero con residencia definitiva.
– Edad entre 18 y 60 años.
– Continuidad laboral con 3 meses de trabajo y contrato indefinido.
– Renta $400.000 con codeudor familiar o amigo
– No tener Dicom a la fecha de tomar el crédito.
– Antigüedad desde 6 meses con contrato indefinido.
– Independientemente con boletas honorarios y pago IVA un año con Declaracion a la renta.

Las operaciones de compra con sistema de leasing tienen cuatro diferencias principales con un arriendo común:

  • La operación incluye una promesa de compraventa que la ley obliga a respetar, manteniendo el precio pactado. Este no puede ser modificado, independientemente del valor que tenga la vivienda al fin del contrato, el que puede haber variado por simple plusvalía o por la introducción de ampliaciones u otras mejoras.
  • La ley impide que se modifique el contrato de arriendo durante su vigencia. Vale decir, el pago mensual que se pacte se mantendrá durante todos los años que tenga la operación.
  • Las operaciones se realizan con seguros a favor del arrendatario-comprador. Por ejemplo, si debe operar el seguro de desgravamen, la vivienda quedará a nombre de los herederos en forma definitiva y sin deudas de ningún tipo.

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